- Locución latina. Propósito fraudulento. Para que los acreedores pudieran impugnar los actos perjudiciales para ellos realizados por el deudor insolvente, se requería que hubiera existido esta voluntad de lesionar sus derechos e intereses. Se entiende que la simple conciencia, el conocimiento del daño a terceros, basta para caracterizar el fraude; aunque haya predominado el móvil de obrar en propio beneficio o el de favorecer a un tercero, por afecto.
Indicios fraudulentos son el acto jurídico con algún pariente, el bajo precio en la enajenación, la proximidad de ésta con respecto a la declaración de la insolvencia, la simulación y la clandestinidad.
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
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➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales