- Conducto de aguas sucias y otros desperdicios. Cerca de pared ajena o medianera no se puede construir cloaca peligrosa o nociva, sin guardar las distancias reglamentarias o usuales y ein las obras necesarias de resguardo (art. 590 del Cód. Civ. esp.). El propietario responde por los daños que causen las emanaciones de cloacas construidas sin las precauciones adecuadas (art. 1.908, n9 49).
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual