Definición de AFIRMACIÓN


    Acción y efecto de afirmar (v. e.v.). Manifestación verbal o escrita, y también por gestos o ademanes, en virtud de la cual se establece o reconoce un hecho, o se admite el contenido de una pregunta.
    Las afirmaciones poseen valor muy distinto para el Derecho según quién las haga y la forma de formularlas. Así, las afirmaciones de un funcionario público, autorizado para dar fe, como un notario o secretario judicial, se tienen por verdaderas, salvo impugnación por falsedad. Las de otros funcionarios, con atribuciones para instruir ciertos atestados, por las infracciones comprobadas o advertidas por ellos en el ejercicio de sus atribuciones (como agentes de aduanas, o la policía y la guardia civil cuando instruyen algunas diligencias), no poseen, salvo en alguna legislación arcaica o rigurosa, tanta eficacia; y se admiten salvo simple prueba en contrario.
    Las afirmaciones de una parte pueden resolver un juicio civil, mediante el juramento decisorio; o, en la confesión, hacen prueba contra ella. Las de los testigos no merecen por lo general mucha confianza, salvo ratificación recíproca de muchos testimonios, especial crédito del declarante o comprobación mediante otras pruebas.
    Las afirmaciones de los contratantes obligan a sus autores y a los que le» aceptaron.
    Las afirmaciones de los peritos, o conclusiones de sus informes, no obligan a los jueces, a los cuales sirven sencillamente (aunque a veces con no tanta sencillez por empacho de teoría) como asesor&mientos técnico*.
    Las falsas afirmaciones tienen consecuencias muy diversas, según se trate de testimonios, documentos, acusaciones, etc. (v. ACUSACIÓN FALSA, ATESTADO, CONFESIÓN, DECLARACIÓN, FALSO TESTIMONIO, FALSEDAD, FALSIFICACIÓN, FE PÚBLICA, JURAMENTO, NEGATIVA, PERITO, TESTICO.)

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