Definición de ACUERDO DE CARACTER INTERNACIONAL


    Es tanto el tratado obligatorio, por haberlo concertado representante« autorizados de dos o más países, como las resoluciones de conferencias o reuniones internacionales, pendientes entonces, para su eficacia, de la ratificación por los parlamentos o gobiernos de dos o más Estados. { Asimismo, por la trascendencia doctrinal y su influjo indirecto en la legislación, las conclusiones de índole teórica o de conveniencia práctica que adopta un congreso científico.


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