- Padre o madre, respectivamente, del padrastro o madrastra de uno. Segundo o ulterior cónyuge del abuelo o de la abuela.
La proximidad de este parentesco, aun por afinidad, crea en muchas legislaciones impedimento para el matrimonio, (v. IMPEDIMENTO, MADRASTRA, MATRIMONIO, PADRASTRO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual