VoTo DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES 
DON JUAN CARLOS MAQUEDA Y DON E. RAÚL ZAFFARONI
Considerando: 
1°) Que la empresa El Sol S.A. —en su carácter de editora del DiarioEl Sol de Quilmes— dedujorecurso extraordinario contrala sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que-al rechazar los recursos de inconstitucionalidad e inaplicabilidad dela ley— confirmó la sentencia de la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata que mantuvo el fallo de primera instancia que había hecho lugar a la demanda por daños y perjuicios promovida por la actora por sí y en representación de sus hijos menores de edad.
2) Quela apelante invocala presencia de cuestión federal para su tratamiento por la vía intentada pues el a quo decidió en forma contraria a sus pretensiones un planteo constitucional sustentado en los arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional eimputa arbitrariedad ala sentencia del tribunal superior provincial porque se apartó de la doctrinadelareal malicia, por haber mantenido una condena ultra petita y haberse desentendido de la normativa de los arts. 1111 y 1113 del Código Civil.
3) Quela demandada afirma que la decisión del a quose fundó en el art. 18 del decreto-ley 10.067/83 de la Provincia de Buenos Aires que resulta inconstitucional en cuanto esa norma impide la publicación de neticias relativas a menores en contra de la garantía previa —tutelada por la Constitución Nacional— de publicar ideas o informaciones por medio de la prensa sin censura.
4°) Que, asimismo, señala que la sentencia elaboró una inteligencia que agravia la primera parte de la Constitución Nacional al otorgarlea diversas convenciones un nivel dejerarquía constitucional que no tienen toda vez que los tratados internacionales —por expreso imperio del art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional— no derogan artículo alguno de la primera parte de la Carta Magna y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Alega que la Convención sobrelos Derechos del Niñono era parte del texto constitucional al tiempo de los hechos juzgados y que el tri
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:3701 
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