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Art. 507 .- - La resolución que desestime las excepciones será apelable en efecto devolutivo, siempre que el ejecutante diere fianza o caución suficiente.
Todas las apelaciones que fueren admisibles en las diligencias para la ejecución de la sentencia, se concederán en efecto diferido.
CONCORDANCIAS: CPN. art 509; Cat., art. 509; Chaco. art. 487; Chubut, art 509; Córd., art, 823; ERíos. art. 495; Form., art 506; Jujuy. art. 491; LPampa, art. 486; Mis., art. 509; Neuq,_. art. 509; RNegro. art 509; Salta, art 519; SJuan. art. 492; SLuis, art. 509: SCruz. art 487; SdelEstero. art. 501: TdelFuego. art. 444; Tuc. art. 581.
§ 1 Recursos contra la resolución que se pronuncia sobre las excepciones.
Corresponde distinguir distintas situaciones,
a) Si rechazó las excepciones, la apelación se concede en efecto devolutivo, siempre que el ejecutante diera fianza o caución suficiente b) Si el juez, hace lugar a la excepción, el ejecutante tiene la facultad de apelar concediendose al procedimiento el trámite en relación. El recurrente se ajustará a los principios generales, vale decir, interposición del recurso dentro del quinto día y presentación oportuna del memorial ante el juez de primera instancia (arts. 242 a 246).
§ 2. Recursos contra resoluciones pronunciadas durante el trámite de ejecución. - Las resoluciones dictadas durante el procedimiento son suceptibles de apelación en efecto diferido, naturalmente si causan agravio.
Por el contrario, son expresamente inapelables la resolución que rechaza in limine la excepción, por no acompañarse los documentos en que se funda (art 505, párr. 2°). y la providencia que manda continuar la ejecución por no haberse deducido excepción dentro del quinto día (art. 506, párr. 1°).
Ver articulos: [ Art. 504 ] [ Art. 505 ] [ Art. 506 ] 507 [ Art. 508 ] [ Art. 509 ] [ Art. 510 ]
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Libro III
- Procesos De Ejecución
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Título I
- EjecuciÓn De Sentencias
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CAPÍTULO I
- Sentencias De Tribunales Argentinos
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También puedes ver: Art.507 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda