ARTICULO 3966 del C.C. Velez Argentina


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    ARTICULO 3966 .- * La prescripción corre contra los incapaces que tuvieren representantes legales. Si carecieren de representación, se aplicará lo dispuesto en el artí­culo 3980.


    Nota:3966. AUBRY y RAU § 214, VAZEILLE, núm. 258. Cód. francés, art. 2252. DURANTON hace muy justas observaciones sobre el artí­culo del Cód. francés, t. 21, núm. 290. TROPLONG, sobre dicho artí­culo. El ha demostrado en su "Tratado de la venta", núm. 166, que el menor, representado por su tutor, no es igual al mayor de edad. En cuanto al menor emancipado, podemos decir que siendo la prescripción, una ví­a indirecta para enajenar, no podrí­a enajenarle por este medio sus bienes inmuebles, cuando por las disposiciones del tí­tulo "De los menores", no puede vender ni enajenar sus bienes raí­ces. Por iguales prohibiciones que en este tí­tulo, los menores emancipados no podrí­an por la prescripción causar la liberación de un deudor suyo de cantidad de pesos.



    Nota de Actualización:* Según ley 17.711. Texto del Código Civil: La prescripción no corre contra los menores de edad, estén o no emancipados, ni contra los que se hallen bajo una curatela, aunque la prescripción hubiere comenzado en la persona de un mayor a quien hayan sucedido, con excepción de los casos en que las leyes hubieren establecido lo contrario.

    Ver articulos: [ Art. 3963 ] [ Art. 3964 ] [ Art. 3965 ] 3966 [ Art. 3967 ] [ Art. 3968 ] [ Art. 3969 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3966 con el Código Civil de Velez?

    Fallos de la CSJN relacionados al artículo 3966 del Código Civil (Vélez Sarsfield)
    - Fallos: Tomo 292 - Página 599
    - Fallos: Tomo 339 - Página 1758
    - Fallos: Tomo 330 - Página 4592
    - Fallos: Tomo 330 - Página 4593
    - Fallos: Tomo 330 - Página 4596
    - Fallos: Tomo 330 - Página 4597
    - Fallos: Tomo 330 - Página 4598
    - Fallos: Tomo 330 - Página 4603
    - Fallos: Tomo 330 - Página 4604
    - Fallos: Tomo 329 - Página 1863
    - Fallos: Tomo 329 - Página 1868
    - Fallos: Tomo 329 - Página 1873
    - Fallos: Tomo 311 - Página 1224
    - Fallos: Tomo 292 - Página 600

    Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
    LIBRO IV
    - DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
    >>
    TITULO I
    - De la prescripción de las cosas y de las acciones en general
    >>
    CAPITULO I
    - De la suspensión de la prescripción
    >

    SECCION TERCERA
    - DE LA ADQUISICION Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Y PERSONALES POR EL TRANSCURSO DEL TIEMPO
    >>



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    También puedes ver: Art.3966 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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