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ARTICULO 2019.- Valor de la medianería. El valor computable de la medianería es el del muro, cimientos o terreno, según corresponda, a la fecha de la mora.
1. Introducción
Habiendo regulado en los artículos que anteceden sobre el derecho del constructor a reclamar de su vecino el cobro de la medianería, el CCyC sienta las pautas para determinar el valor que debe pagarse en ese concepto.
Interpretacion COMENTADA al Art. 2019 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2016 ] [ Art. 2017 ] [ Art. 2018 ] 2019 [ Art. 2020 ] [ Art. 2021 ] [ Art. 2022 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2019 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO IV
- Condominio
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CAPITULO 5
- Condominio con indivisión forzosa perdurable
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SECCION 2ª
- Condominio sobre muros, cercos y fosos
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También puedes ver: Art.2019 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion