- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1523.- Derecho de la competencia. El contrato de franquicia, por sí mismo, no debe ser considerado un pacto que limite, restrinja o distorsione la competencia.
Interpretacion COMENTADA al Art. 1523 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1520 ] [ Art. 1521 ] [ Art. 1522 ] 1523 [ Art. 1524 ] [ Art. 1525 ] [ Art. 1526 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1523 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO IV
- Contratos en particular
>>
CAPITULO 19
- Franquicia
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.1523 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales