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ARTICULO 1355.- Normas especiales. Las reglas de este Capítulo no obstan a la aplicación de las disposiciones de leyes y reglamentos especiales.
Fuentes y antecedentes: art. 1277 del Proyecto de 1998.
1. Introducción
La fuente directa de este artículo es el art. 1277 del Proyecto de 1998, ya que la ley 20.266 no preveía norma similar.
Interpretacion COMENTADA al Art. 1355 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1352 ] [ Art. 1353 ] [ Art. 1354 ] 1355 [ Art. 1356 ] [ Art. 1357 ] [ Art. 1358 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1355 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 10
- Corretaje
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También puedes ver: Art.1355 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual