ARTICULO 1322 Onerosidad del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 1322.- Onerosidad. El mandato se presume oneroso. A falta de acuerdo sobre la retribución, la remuneración es la que establecen las disposiciones legales o reglamentarias aplicables, o el uso. A falta de ambos, debe ser determinada por el juez.

    1. Introducción

    El origen del mandato estaba en la oficiosidad y la amistad, los romanos hablaban de compensación más no de retribución. De este modo el carácter esencial del mandato civil era la gratuidad y el mandatario sólo tení­a derecho a que se le reembolsaran los gastos en que habí­a incurrido.
    La realidad actual es muy diferente: se privilegia la profesionalidad, la experiencia y en el ámbito de los negocios los encargos se realizan a personas que "”en general"” hacen de la actividad encomendada su profesión habitual. Así­, el afán de lucro no resulta ajeno al mandatario, que hace de esta actividad su medio de vida.
    Cuando se estudia una institución jurí­dica no hay que limitarse a las reglas que la motivaron en un momento dado, de modo que para dar una solución acorde con estos tiempos era preciso tener en cuenta que ya no se habla de un contrato de amistad sino de gestión y que la presunción sobre el carácter gratuito u oneroso del mandato debí­a inclinarse en favor de éste último.
    El art. 1871 CC presumí­a la gratuidad, salvo cuando se tratara de trabajos propios de la profesión lucrativa del mandatario o de su modo de vivir, mientras que el art. 221 del Código de Comercio lo presumí­a oneroso. El tráfico negocial indicaba que la mayorí­a de las veces el mandato era oneroso independientemente de su naturaleza civil o comercial.

    Interpretacion COMENTADA al Art. 1322 (con jurisprudencia)

    Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1319 ] [ Art. 1320 ] [ Art. 1321 ] 1322 [ Art. 1323 ] [ Art. 1324 ] [ Art. 1325 ]
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    - DERECHOS PERSONALES
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    TITULO IV
    - Contratos en particular
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    CAPITULO 8
    - Mandato
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    También puedes ver: Art.1322 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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