ARTICULO 1141 Enumeración del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 1141.-Enumeración Son obligaciones del comprador:

    a) pagar el precio en el lugar y tiempo convenidos. Si nada se pacta, se entiende que la venta es de contado; b) recibir la cosa y los documentos vinculados con el contrato. Esta obligación de recibir consiste en realizar todos los actos que razonablemente cabe esperar del comprador para que el vendedor pueda efectuar la entrega, y hacerse cargo de la cosa; c) pagar los gastos de recibo, incluidos los de testimonio de la escritura pública y los demás posteriores a la venta.

    1. introducción

    El CCyC agrupa en la Sección 5a las obligaciones del comprador.
    La obligación nuclear del comprador es pagar el precio en el lugar y tiempo convenido.
    Las obligaciones secundarias se refieren a las conductas que le son exigibles al comprador para que el vendedor pueda dar cumplimiento con sus obligaciones.

    Interpretacion COMENTADA al Art. 1141 (con jurisprudencia)

    Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1138 ] [ Art. 1139 ] [ Art. 1140 ] 1141 [ Art. 1142 ] [ Art. 1143 ] [ Art. 1144 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1141 del Código Civil y Comercial Argentina?

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    LIBRO TERCERO
    - DERECHOS PERSONALES
    >>
    TITULO IV
    - Contratos en particular
    >>
    CAPITULO 1
    - Compraventa
    >

    SECCION 5ª
    - Obligaciones del comprador
    >>



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    También puedes ver: Art.1141 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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