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ARTICULO 1641.- Concepto. La transacción es un contrato por el cual las partes, para evitar un litigio, o ponerle fin, haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones dudosas o litigiosas.
Introduccion COMENTADA al Art. 1641 (con doctrina)
2. Interpretación
2.1. Definición El artículo comentado define a la transacción como un contrato por medio del cual las partes realizan concesiones recíprocas, teniendo en miras la extinción de obligaciones dudosas o litigiosas. El artículo solo hace referencia a la posibilidad de evitar un posible litigio, o en caso de haberlo, de concluir con él.
2.2. Elementos del contrato A la hora de enumerar los elementos típicos de la transacción se requiere:
a. consentimiento, como regla general de los contratos consensúales; b. incertidumbre, en los cuales debe evaluarse si los derechos son litigiosos "”en juicio"” o dudosos "”inciertos en su existencia o extensión"” que demuestren la existencia de una seguridad para evitar un conflicto o para extinguirlo; C. concesiones recíprocas entre las partes: se trata de concesiones entre las partes que consisten en actos jurídicos unilaterales de renuncia y reconocimiento de derechos.
Son recíprocas porque cada parte lo hace en la medida que la otra también lo haga sin que exista necesariamente igualdad en la contraprestación; d. finalidad extintiva: es la esencia del contrato, le da sentido, es su objetivo y establece la finalidad económica social.
La falta de alguno de los elementos antes mencionados da lugar a que el contrato de transacción no logre perfeccionarse, aunque el mismo puede valerse como renuncia o reconocimiento y, aun así, producir efectos.
Introduccion COMENTADA al Art. 1641 (con doctrina)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1638 ] [ Art. 1639 ] [ Art. 1640 ] 1641 [ Art. 1642 ] [ Art. 1643 ] [ Art. 1644 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1641 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO IV
- Contratos en particular
>>
CAPITULO 28
- Transacción
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También puedes ver: Art.1641 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion