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ARTICULO 777.-Ejecución forzada El incumplimiento imputable de la prestación le da derecho al acreedor a:
a) exigir el cumplimiento específico; b) hacerlo cumplir por terceros a costa del deudor; c) reclamar los daños y perjuicios.
Introduccion COMENTADA al Art. 777 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 777 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 774 ] [ Art. 775 ] [ Art. 776 ] 777 [ Art. 778 ] [ Art. 779 ] [ Art. 780 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 777 del Código Civil y Comercial Argentina?
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 777 del Código Civil y Comercial
- Fallos: Tomo 344 - Página 2195
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO I
- Obligaciones en general
>>
CAPITULO 3
- Clases de obligaciones
>
SECCION 2ª
- Obligaciones de hacer y de no hacer
>>
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También puedes ver: Art.777 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales