- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 585.-Convivencia La convivencia de la madre durante la época de la concepción hace presumir el vínculo filial a favor de su conviviente, excepto oposición fundada.
Introduccion COMENTADA al Art. 585 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 585 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 582 ] [ Art. 583 ] [ Art. 584 ] 585 [ Art. 586 ] [ Art. 587 ] [ Art. 588 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 585 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO SEGUNDO
- RELACIONES DE FAMILIA
>>
TITULO V
- Filiación
>>
CAPITULO 7
- Acciones de reclamación de filiación
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.585 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales