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ARTICULO 133.-Gastos de la gestión Quien ejerce la tutela tiene derecho a la restitución de los gastos razonables hechos en la gestión, aunque de ellos no resulte utilidad al tutelado. Los saldos de la cuenta devengan intereses.
Introduccion COMENTADA al Art. 133 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 133 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 130 ] [ Art. 131 ] [ Art. 132 ] 133 [ Art. 134 ] [ Art. 135 ] [ Art. 136 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 133 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO I
- Persona humana
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CAPITULO 10
- Representación y asistencia. Tutela y curatela
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SECCION 2ª
- Tutela
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Parágrafo 4°
- Cuentas de la tutela
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También puedes ver: Art.133 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales