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ARTICULO 1066.-Principio de conservación Si hay duda sobre la eficacia del contrato, o de alguna de sus cláusulas, debe interpretarse en el sentido de darles efecto. Si esto resulta de varias interpretaciones posibles, corresponde entenderlos con el alcance más adecuado al objeto del contrato.
Introduccion COMENTADA al Art. 1066 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 1066 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 1063 ] [ Art. 1064 ] [ Art. 1065 ] 1066 [ Art. 1067 ] [ Art. 1068 ] [ Art. 1069 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1066 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO TERCERO
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TITULO II
- Contratos en general
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CAPITULO 10
- Interpretación
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También puedes ver: Art.1066 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales