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- SENTENCIA
- 11 de Noviembre de 2021
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 06
- Magistrados: Graciela Lucía Craig - Carlos Pose
El art. 3 de la Ley 25.674, que modificó el art. 18 de la Ley de 23.551, de Asociaciones sindicales, regula una participación proporcional mínima previendo que para aquellos casos en los que las mujeres no alcanzaren el treinta por ciento del total de trabajadores se establezca un cupo mínimo proporcional, de manera que la directiva no sea de imposible cumplimiento. En consecuencia cabe rechazar el planteo de inconstitucionalidad de la norma mencionada, porque no se encuentra configurada en el caso ninguna violación a los principios de libertad y democracia sindical.
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Carátula: Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación y otro c/ Sindicato de Empleados y Obreros Aceiteros de Necochea, Quequén y Sudeste de la Provincia de Buenos Aires s/ Ley de Asoc. Sindicales
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual