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- DECRETO 1.130/2021
- SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 14 de Junio de 2021
- Boletín Oficial, 29 de Junio de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Establécese una Asistencia Económica Especial no reembolsable con destino a las «Agencias de Viajes y Turismo de la Provincia de Catamarca», conforme las categorías vigentes establecidas por Ley N° 18.829 y cuyas actividades resultaron afectadas por las medidas sanitarias establecidas producto de la pandemia del COVID-19.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la Asistencia Económica Especial se abonará a los destinatarios detallados en el listado aportado por la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo de Catamarca (AAVYTCA), el que como Anexo forma parte del presente instrumento legal, durante el plazo de dos (2) meses consecutivos a partir de la firma del mismo.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que el monto de la Asistencia Económica Especial conforme lo indicado en el artículo 2° del presente instrumento legal, ha sido fijado tomando como parámetro la cantidad de trabajadores en relación de dependencia de cada «Agencia de Viajes y Turismo», y el pago de alquileres inmobiliarios que deben efectuar para el desarrollo de sus actividades.
ARTÍCULO 4°.- Facúltese al Ministerio de Planificación y Modernización, para llevar adelante el proceso de otorgamiento de este beneficio especial no reembolsable.
ARTÍCULO 5°.- Facúltese al Ministerio de Hacienda Pública a adoptar las medidas pertinentes, y efectuar las readecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos del Tesoro Provincial que resulten necesarias a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el presente instrumento legal.
ARTÍCULO 6°.- Tomen conocimiento a sus efectos:
Ministerio de Hacienda Pública. Subsecretaría de Presupuesto, Ministerio de Planificación y Modernización, Ministerio de Cultura y Turismo, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual