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- LEY 14.030
- SANTA FE, 13 de Mayo de 2021
- Boletín Oficial, 14 de Junio de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1.- Objeto. El objeto de la presente es crear la Red de Promotores de Diagnóstico Temprano, Control y Tratamiento de la enfermedad denominada "endometriosis".
ARTÍCULO 2.- Objetivo. El objetivo de la Red de Promotores de Diagnóstico Temprano, Control y Tratamiento de Endometriosis es el diseño y la ejecución de acciones articuladas con el propósito de consolidar un sistema público de salud integral y de calidad que atienda las necesidades resultantes a quienes sufren esta enfermedad.
ARTÍCULO 3- Conformación. La Red de Promotores de Diagnóstico Temprano, Control y Tratamiento de Endometriosis, estará conformada por profesionales médicos con especialidad en ginecología, obstetricia, asistentes sociales, cirujanos, nutricionistas, psicólogos y asociaciones civiles de personas que propendan el tratamiento de esta patología.
ARTÍCULO 4.- Funciones. Son funciones de la Red de Promotores de Diagnóstico Temprano, Control y Tratamiento de Endometriosis:
a) informar y concientizar sobre síntomas, tratamiento, tipos y grados de la endometriosis, como así también sobre los daños colaterales de la misma;
b) contribuir a derribar los prejuicios y mitos socialmente aceptados sobre los orígenes y las consecuencias de la enfermedad;
c) promover un mayor conocimiento de la enfermedad que posibilite su diagnóstico temprano, control y tratamiento adecuado; y, d) visibilizar la endometriosis como una enfermedad crónica que afecta (a calidad de vida y las posibilidades de desarrollo de las personas, brindando información científica, certera y veraz sobre los efectos que causa sobre la salud y el bienestar de las pacientes.
ARTÍCULO 5.- Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Salud de la Provincia.
ARTÍCULO 6.- Funciones. Las funciones de la Autoridad de Aplicación son:
a) asegurar el acceso libre e igualitario del derecho a la salud de las personas que padecen de esta patología;
b) garantizar que el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) brinde el tratamiento establecido para las enfermedades crónicas;
c) articular lo conducente para recomendar a las obras sociales y de medicina prepaga que otorguen el tratamiento establecido para las enfermedades de carácter crónico; y, d) realizar campanas de concientización sobre el diagnóstico temprano, control y tratamiento de la endometriosis, las cuates tendrán principal énfasis en los centros de salud, hospitales y colegios secundarios públicos y privados.
ARTÍCULO 7.- Registro Provincial de Endometriosis. La Autoridad de Aplicación creará el Registro Provincial de Endometriosis (RUE).
ARTÍCULO 8.- Funciones del Registro Provincial de Endometriosis. La función del Registro Provincial de Endometriosis es la exploración, recolección y posterior registro de datos de personas que padecen esta patología, los cuales serán recabados con la colaboración del Instituto Provincial de Estadística y Censos, disponiendo el Poder Ejecutivo Provincial el convenio marco que regulará tal actividad, guardando estricta confidencialidad respecto de la identidad de las personas registradas.
ARTÍCULO 9.- Concientización. Se Instituye el día 14 de marzo de cada año como el "Día de la Endometriosis" y "Marzo Amarillo" para concientizar y visibilizar esta enfermedad, incorporando este día en el calendario escolar a los fines de que se brinde la información correspondiente en las diversas instituciones.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual