Decreto 615/20 de CORDOBA


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    DECRETO 615/2020
    CORDOBA, 26 de Agosto de 2020
    Boletín Oficial, 28 de Agosto de 2020
    Vigente, de alcance general
    enfermedad infecciosa, Córdoba, Salud públicaAmpliación del monto que integra el "Fondo para Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas", establecidos en los Decretos Nros. 156/2020, 196/2020 y 244/2020.

    Artículo 1º.- AMPLÍASE el monto que integra el "FONDO PARA ATENCIÓN DEL ESTADO DE ALERTA, PREVENCIÓN Y ACCIÓN SANITARIA POR ENFERMEDADES EPIDÉMICAS"; establecidos en los Decretos Nros. 156/2020, 196/2020 y 244/2020, hasta la suma de Pesos Cinco Mil Millones ($5.000.000.000,00), sin perjuicio de las demás sumas que se le asignen, en los términos del artículo 2° de la Ley N° 10.690, debiendo el Ministerio de Finanzas efectuar las adecuaciones presupuestarias pertinentes.

    Artículo 2°.- El Fondo referido en el artículo precedente se integrará con los siguientes recursos:

    a) Fondos para Infraestructura y Programas Sociales;

    b) Aquéllos provenientes de convenios del Ministerio de Salud con organismos varios;

    c) Otros aportes que se efectúen desde el Tesoro de la Provincia;

    d) Las sumas que aporten voluntariamente municipios y comunas;

    e) Las sumas que aporte el Estado Nacional;

    f) Créditos nacionales o internacionales que se obtengan destinados a su integración;

    g) Donaciones, herencias, legados y todo otro ingreso o recurso de origen público o privado, nacional o internacional, que se destine al mismo.

    Artículo 3°.- EL presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Coordinación y por los señores Ministro de Salud y Finanzas y Fiscal de Estado.

    Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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