Prohibieron los plásticos de un solo uso en los poderes legislativo y ejecutivo


    Volver al boletín
    LEY 5.787
    VIEDMA, 22 de Mayo de 2025
    Boletín Oficial, 2 de Junio de 2025
    Vigente, de alcance general
    Envases plásticos, medio ambiente, Administración Pública Provincial, protección del medio ambiente

    La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY

    Artículo 1º.- Se prohíbe la utilización de elementos plásticos de un solo uso en: sesiones legislativas, comisiones, reuniones y eventos que se lleven a cabo en el ámbito legislativo y ejecutivo de la Provincia de Río Negro.

    Artículo 2º.- A los fines de la presente, se entenderá por:

    - Plástico de un solo uso: productos fabricados total o parcialmente con plástico que no están concebidos, diseñados o puestos en el mercado para realizar múltiples viajes o rotaciones dentro de su ciclo de vida mediante su retorno al fabricante para ser rellenados o reutilizados para el mismo fin para el que fueron concebidos.

    - Microplásticos: pequeñas partículas de plástico de menos de cinco (5) milímetros que resultan de la degradación de productos plásticos más grandes.

    Artículo 3º.- Se invita a los diversos organismos gubernamentales, al Poder Judicial y a los municipios de la provincia a adherir a la presente.

    Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.

    Más Leyes Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...