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- SENTENCIA
- 18 de Mayo de 2020
- CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 04
- Magistrados: Mariano Hernán Borinsky - Carlos Javier Carbajo
Corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de un condenado a la pena de prisión perpetua por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar, fundamentado en pertenencia del detenido al grupo de riesgo más vulnerable al virus COVID-19, contra la sentencia que le denegó el beneficio de la prisión domiciliaria, dado que las autoridades competentes en materia de salud aseguran la posibilidad de mantener plenamente vigentes los protocolos de prevención de contagio y propagación de la pandemia en cuestión por lo que la mera invocación de que el recurrente se encuentra incluido dentro del grupo vulnerable, no constituye un argumento con entidad suficiente para modificar su modalidad de encierro. Asimismo, el art. 3 de la Acordada 9/2020 de la C.F.C.P. exhorta a los jueces a meritar con extrema prudencia y carácter sumamente restrictivo la aplicabilidad de sus disposiciones en supuestos de delitos graves, conforme las normas constitucionales, convencionales y de derecho interno.
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Carátula: Cendón, Néstor Norberto s/ recurso de casación
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual