Decreto 742/22


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    DECRETO NACIONAL 742/2022
    BUENOS AIRES, 6 de Noviembre de 2022
    Boletín Oficial, 10 de Noviembre de 2022
    Vigente, de alcance general
    Se crea una Comisión Técnica que analice la factibilidad de encuadrar a las entidades de medicina prepaga dentro de la actividad aseguradora

    ARTÍCULO 1°.- Créase una Comisión Técnica en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el fin de que analice, evalúe y emita un dictamen técnico sobre la factibilidad de encuadrar a las Entidades de Medicina Prepaga dentro de la actividad aseguradora regulada por la Ley N° 20.091 y sus modificaciones, especialmente en lo que hace a los requisitos de solvencia del sistema y a su control.

    ARTÍCULO 2°.- La Comisión Técnica creada en el artículo 1° del presente decreto deberá tender a las perspectiva de género en su conformación y estará integrada por UN (1) o UNA (1) una representante a designar por el o la titular de cada uno de los siguientes organismos: MINISTERIO DE SALUD, MINISTERIO DE ECONOMÍA, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

    ARTÍCULO 3°.- La Coordinación de la labor de la Comisión Técnica estará a cargo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

    ARTÍCULO 4°.- Establécese que la Comisión Técnica deberá elevar, en un plazo de NOVENTA (90) días a partir de la fecha de publicación del presente decreto, el informe a que refiere el artículo 1° de esta medida.

    ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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