Definición de USANZA


    Uso jurídico. Práctica habitual. Aun equiparada la usanza a la moda, Killian entiende aquélla cual comportamiento socialmente prescrito, que la tradición apoya y mantenido en vigor por la reprobación social que su violación suscita. Carece del apoyo coercitivo estatal, con que cuentan las leyes y las admitidas costumbres. Difiere la usanza do las instituciones, por su reconocimiento menos preciso; y de la moda, por la menor permanencia o estabilidad de ésta, y por su significación más reducida.


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