Definición de SINDICATO DE MUNICIPIOS


    En francés, *lsyndicat des communes lo constituye la asociación voluntaria de dos o más ayuntamientos de un mismo departamento (o provincia), o de dos departamentos limítrofes, para una obra de utilidad común. Constituyen una personalidad jurídica que, en lo administrativo, se clasifica dentro de los establecimientos públicos, (v. MANCOMUNIDAD.)

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