- En sentido estricto, lo mismo que salario mínimo (v.e.v.). Con mayor amplitud, el definido en el Dec. arg. 33.302/45 (Ley 12.921) como aquel que permite asegurar en cada zona, al empleado u obrero y a su familia, alimentación adecuada, vivienda higiénica, vestuario, educación de los hijos, asistencia sanitaria, transporte o locomoción, previsión, vacación*»« v recreaciones, (v. SALARIO ÍNFIMO.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda