- Situación de servidumbre, similar a la de los siervos de la gleba, que existió en Cataluña desde la época visigótica al final de la Edad Media. La sujeción de los payeses de remensa se ha caracterizado como intermedia entre el colonato y la recomendación conocida entre los francos y los visigodos. Era un vínculo feudal, basado en la fidelidad y en las prestaciones de los sujetos a la remensa. Esta servidumbre era redimible, lo cual implicaba un sacrificio pecuniario considerable.
El payés, aunque disponía del dominio útil de la tierra, estaba adscrito a la misma, sin libertad de cambiar de domicilio ni de profesión. El señor tenía derecho a recuperar al fugitivo. El payés de remensa estaba obligado a prestarle al señor determinados servicios; como ciertas jornadas de siembra, abono, acarreo, arado y otras; además de entregarle parte de la cosecha y frutos. El señor disfrutaba del derecho de ser albergado por el payés. Éste debía también hacerle un forzoso legado al señor.
La servidumbre se constituía voluntariamente, por ofrecimiento; pero también por nacimiento del ya obligado a la remensa, por casamiento con el sujeto a ella, e incluso por prescripción, luego de permanecer 30 años en una finca.
Otros malos usos que solían acompañar a la re. mensa típica eran: 1» la cugucia, consistente en la confiscación de los bienes del payés si la mujer del mismo cometía adulterio; 2? la arsina, resarcimiento que el payés debía al señor si la finca sufría incendio por negligencia del siervo o fortuitamente; 3p la intestia, o derecho señorial de suceder en un tercio cuando fallecía intestado el payés, que se ampliaba a la mitad en caso de carecer éste de descendientes; 49 la exorquia, derecho sucesorio también, si el siervo moría sin prole, aun habiéndola tenido en vida; 59 la firma de spoli, suma de dinero que el señor percibía por autorizar al payés para hipotecar la finca como garantía de la dote o del esponsalicio.
La remensa fué concretándose, durante la Edad Media, en prestaciones pecuniarias de tipo censual. El golpe de gracia se lo asestó el Rey Católico, Fernando V, como monarca de Aragón. Oficiando de árbitro entre payeses y señores, luego de varias rebeliones de aquéllos, les concedió la libertad personal, anticipándose en variós siglos a la Revolución francesa y a la abolición de la esclavitud en otros países, y permitiendo la redención por una sola vez y la sustitución por un censo anual. En virtud del fallo, los payeses entregaron 50.000 libras barcelonesas al fisco (pagadas en 10 años) y 6.000 a los señores (pagaderas en 2 anualidades), (v. SERVIDUMBRE, SIERVO DE LA GLEBA.)
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