- En el comercio, la conservación cuidadosa y ordenada de todas las cartas, circulares, telegramas, radios, cables y demás despachos o comunicaciones recibidas por un comerciante o sociedad mercantil con respecto a su tráfico. El Registro de la correspondencia está entregado a la iniciativa o imitación de cada comerciante individual o social, dentro de la obligación de conservar tales antecedentes. | | En lo procesal, y por extensión o abuso en lo gubernativo, la facultad de interceptar la correspondencia de un particular, sospechoso, acusado o confeso por razón de delito, o sujeto al cumplimiento de una condena, para tratar de descubrir sus maniobras, sorprender sus confesiones o sus propósitos de evasión, y aun para observar la eficacia de los tratamientos penitenciarios. De no efectuarlo una autoridad competente y en el cuadro de sus atribuciones, el registro de la correspondencia (como interceptación, apertura o detención y lectura de los papeles naturalmente secretos), integra delito contra los derechos constitucionales o garantías mínimas que la personalidad humana merece en pueblos cultos, (v. CENSURA.) Como evidente galicismo, facilitado por la Unión Postal Universal, en algunos países se llama registro de la correspondencia al hecho y servicio de certificarla.
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