- Acto de recibir como hijo propio, a los efectos legales, a quien no lo es por naturaleza; aun cuando en ocasiones se utilizara la institución legal para legitimar, en cierto modo, como hijos adoptivos a los naturales o ilegítimos. Adopción de expósitos (v.e.v.).
El prohijamiento o prohijación, que no es otra cosa que la moderna adopción (v.e.v.), constituía un cómodo tecnicismo unitario en el Derecho cuando se distinguía entre la adopción tomada en sentido estricto, relativa al que no tenía padre o no estaba sujeto a la patria potestad, y la arrogación (v.e.v.), referente al que se encontraba bajo el poder de su padre.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda