- Existencia anterior o precedente. Existencia efectiva de una cosa o de un derecho con anterioridad al acto o momento en que haya de tratarse de ella.
Así, ha de probarse la preexistencia de las cosas robadas antes de ser sustraídas. En este sentido, la Ley de Enj. Crim. esp. dispone que: "Cuando el delito fuere de los que no dejan huellas de su perpetración, el juez instructor procurará hacer constar, por declaraciones de testigos y por los demás medios de comprobación, la ejecución del delito y sus circunstancias, así como la preexistencia de la cosa cuando el delito hubiese tenido por objeto la subsu aeción. de la misma" (art. 331).
Para validez de la sustitución fideicomisaria es preciso probar la preexistencia de la persona a cuyo favor se haga con relación al tiempo del fallecimiento del testador; claro que basta estar simplemente concebido, con arreglo a los cómputos normales del embarazo.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda