- Acción o derecho que competen sobre una cosa. Incumbencia. Término jurisdiccional. Unidad territorial en las concesiones mineras, variable con los tiempos, y en la actual legislación española equivalente a una hectárea en cuadro. Cosa accesoria o complementaria.
En la técnica jurídica moderna, von Tbur entiende por pertenencias aquellas cosas físicamente independientes cuyo permanente destino, en consonancia con las nociones generales de la vida, consiste en servir a los fines económicos de una cosa principal, con la cual se encuentra en relación adecuada de espacio para su destino, (y. COSA ACCESORIA y PRINCIPAL; PARTE INTEGRANTE.)
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