Definición de PEDERASTIA


    En general, inversión o aberración del instinto sexual: concúbito entre personas del mismo sexo o en vaso indebido. Más propiamente, de acuerdo con la etimología griega (que indica amante físico de los niños), abuso deshonesto cometido contra ellos. Por extensión, homosexualidad, sodomía, acceso carnal entre los que no merecen el nombre de hombres.
    La severa moral antigua, salvo épocas disolutas, se muestra implacable con la pederestia. En efecto, en Roma se aplicaba a los pederastas la pena de muerte, con la adicional combustión del cadáver. Por supuesto, no sucedía así cuando la degeneración permitía a los principales personajes lucir su colección de amantes femeninas junto a la de los efebos favoritos.
    En el Fuero Juzgo, los pederastas, luego de castrados, eran entregados al obispo para que los encarcelara. De ser casados, el vínculo se rompía y la mujer quedaba en libertad de casarse con quien quisiere. Se procedía a transmitir los bienes, cual en caso de muerte, a los bijos legítimos. El Fuero Real, a la mutilación indicada, añadía el que los pederastas fueran colgados de las piernas, basta que murieran así. Las Partidas los condenaban también a muerte, pero sin especial tormento previo. Con sentido psicológico, absolvían a los menores de 14 años, por su inexperiencia, y a los forzados, sin duda por comprender las aberraciones a que el prolongado aislamiento puede conducir.
    En la Nueva Recopilación se imponía la muerte por quema y la confiscación de los bienes del pederasta, aun cuando el delito no se hubiese consumado, siempre que los actos de ejecución hubieren estado próximos a ello.
    En el Derecho actual, los actos de pederastía no se encuentra penados, salvo que constituyan el delito de abuso deshonesto o el de escándalo público (v.e.v.). Es decir, que las notas que hacen punibles estas anormalidades son: lf en todo caso la publicidad; 2* la falta de consentimiento de alguno de los protagonistas; 31 el ser menor de 12 años; 4* estar privado de razón o de sentido por cualquier causa.
    En el ejército, y singularmente donde los tribunales de honor funcionan, los actos de pederastía integran motivo suficiente para la expulsión de la carrera militar (v. LEY DE VACOS Y MALEANTES.)

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