- En Roma, nombre nobiliario de quienes descendían de los primeros senadores creados por Rómulo. Título honorífico, cuya institución se debe al emperador Constantino. Relativo a los patricios. Patriota. | | Privilegiado, noble o descollante por sus virtudes, méritos e incluso riqueza entre sus conciudadanos.
En Roma, los patricios, opuestos en concepto e índole jurídica a los plebeyos (v.e.v.), constituían la aristocracia o clase dominante, al grado de que la primitiva ciudadanía y el derecho de hacer y votar las leyes, así como el ejercicio de las magistraturas, les correspondía de modo exclusivo.
Primitivamente se dió el nombre de patricios a los miembros de las gentes (como plural de gens), que integraban las tribus primeras de la ciudad romana, El nombre significa descendiente de los patres (v.e.v.); ya porque los caudillos de tales gen- tés formaron primeramente el Senado (y a estos senadores se dió aquel nombre) o por tener un jefe o pater. Se les dió asimismo la denominación de quirites (v.e.v.) o guerreros.
En su otra acepción romana, el título honorífico de patricio era. peisonalísimo y por tanto intransmisible por herencia. La dignidad poseía el efecto de liberar al designado de la patria potestad a que estuviere sometido.
En su condición de clase superior de la sociedad, los patricios disfrutaron siempre, y en un principio de modo privativo, de los siguientes derechos: l9 el jus suffragii (o derecho de voto); 2? el jas hono- rum (o derecho a ejercer cargos públicos); 3 el jus connubii (o derecho de contraer justas nupcias) ; 49 el jus commercii (o derecho de contratar); 5v la testamentifactio (o derecho de hacer testamento).
Como compensación relativa, estaban obligados al jus militiae, servicio militar o bélico, y al jus tributi u obligación de costear los gastos públicos y especialmente los militares.
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