- Oportunidad. Comodidad o coyuntura favorable para algo, sea bueno o malo, desde ,1 punto de vista de cada agente. Peligro, riesgo. | | Causa de hecho o acción. | | ant. Defecto o vicio corporal.
En el Derecho Penal, la ocasión caracteriza un grupo de agravantes conocidas por "ocasión de estrago". El Cód. Pen. esp. lo describe así: "Cometer el delito con ocasión de incendio, naufragio u otra calamidad o desgracia" (art. 10, n 11). El motivo determinante de esta circunstancia es la maldad de ánimo revelada al aprovechar tan adversa situación, para delinquir, cuando los perjudicados por el delito tratan de salvarse o de ponerse a cubierto de otra desventura, y mientras la autoridad suele hallarse comprometida en el auxilio de las víctimas y en el remedio del mal.
En ocasiones especiales, en desgracia de enorme magnitud, terremotos, incendios de gran parte de lina población, terrible bombardeo enemigo y en otras similares, publica la autoridad severos bandos; y, entonces, los delitos cometidos pueden originar la ejecución instantánea de lo que se prevalgan de la ocasión para saqueos, ate nudos contra la honestidad y otros actos de inhumanidad, barbarie y perversión, (v. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.) Con menos relieve técnico, también se emplea la expresión en la eximente que describe el caso fortuito: "El que con ocasión de ejecutar un acto con la debida diligencia, causa un mal por mero accidente, sin culpa ni intención de causarlo" (art. 89, n9 89, del cód. cit.).
La locución adverbial de ocasión significa, en el comercio y otras compraventas, de lance, muy barato.
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