Definición de "OBSEQUIUM"


    Voz lat. En la antigua Roma, el respeto o deferencia que el liberto debía a su patrono y a los ascendientes y descendientes del mismo. A quien se le debía el "obsequium" no cabía demandarlo judicialmente, salvo obtener autorización del magistrado, ni podía imponérsele ni aun así condena infamante o superior a sus recursos patrimoniales.


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