Definición de MONOGAMIA


    Condición de monógamo, | | Sistema matrimonial en que sólo reconoce por legítima una esposa. Es el régimen predominante en todos los pueblos cultos; con la excepción de los mahometanos, por la tolerancia reconocida en el Corán. | | Por extensión, la legitimidad correlativa para la mujer de no tener sino «un marido.
    En las legislaciones actuales, aunque la monogamia se garantiza por la prohibición civil de casarse los ya casados y no viudos o divorciados, y se pena la bigamia (v.e.v.), el sistema exclusivista sexual en el matrimonio se quiebra al declarar impune el adulterio (v.e.v.), en ciertos casos para ambos cónyuges/y en casi todos los ordenamientos para el marido que no incurra en amancebamiento (v.e.v.; y, además, MATRIMONIO).


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