- La Part. VI. tít. IV, ley 9*, calificaba de mixta la condición dependiente en parte de la voluntad del sometido a ella, y en parte de causas ajenas. Tal podría ser la de casarse con determinada persona, que requiere el querer propio y la aceptación de otro, y la libertad y capacidad de ambos.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda