Definición de MENSUALIDAD


    Sueldo que se percibe men- sualmente; como el de la generalidad de los empleados de la Administración pública y de la privada. Cantidad que se posa a una persona, para contribuir a su sostenimiento; ya por afecto o gratitud, bien por título convencional, o como obligación legal o judicial ineludible, cual en materia de alimentos, (v. los arts. 148 y 880 del Cód. Civ. esp.)

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