Definición de MENESTRAL


    Del latín ministerialis, de ministerium, servicio. Quien trabaja en un oficio mecánico para ganar así su sustento, y a veces el de los suyos además.
    En la arcaica regulación que en el Cód. Civ. esp. se intenta establecer para el arrendamiento de obras y. servicios de los trabajadores asalariados, donde en cinco artículos a cual más desafortunado se intentaba resumir lo que abarca hoy la profusa rama del Derecho Laboral, asoma la palabra menestral junto a la de criados de labranza, artesanos y demás trabajadores asalariados por cierto tiempo y para cierta obra, los cuales no podían despedirse ni ser despedidos sin justa causa (art. 1.586). De producirse el despido, ello daba derecho a desposeerlos de la herramienta y edificios que ocuparen por razón de su cargo (art. 1.587).
    Se establecía también la prescripción trienal para la obligación de pagar a los menestrales, criados y jornaleros el importe de sus servicios, y el de los suministros o desembolsos que hubiesen hechos concernientes a los mismos (art. 1.967, n
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