- Estado, condición y vida del mendigo; del que vive de la limosna. Acción de mendigar por necesidad; o de simular ésta para estafar como vicio, por ociosidad o recurso lucrativo. Solicitar con insistencia y sin dignidad un favor o servicio ajeno.
En cualquiera de sus aspectos, la mendicidad constituye un mal social. Revela el desequilibrio entre las clases sociales, cuando algunos individuos carecen de medios o instituciones para remediar sus desgracias, o de parientes que no puedan cumplir la obligación familiar de alimentarlos. Para el gobierno de un pueblo constituye permanente acusación de que no sabe promover el trabajo o los establecimientos para socorro o asistencia del menesteroso.
La mendicidad humilla al que pide la limosna; incomoda por lo común al que la da o rechaza, no siempre sobrado de recursos para esa incesante donación en pueblos o épocas en que se revela como plaga; y por desconfianza general acerca de la nececesidad del pedigüeño, en tantas ocasiones fingidor de invalidez o pregonero de. imaginarias desventuras para conmover el corazón del suavemente asaltado y obtener una pequeña suma de dinero; cuando no para fulminar una grosera condena para el que no puede o no quiere contribuir, o para quien no lo hace conforme a la especie de tarifa que la esperanza del mendigo pone al ocasional donante, (v. LEY DE VAGOS Y MALEANTES.) Por la imposibilidad de ganarse la vida con un trabajo lícito, o por el hábito de vagancia que crea *en los que a la mendicidad se dedican por mendacidad, por engaño, y para explotarla donde rinde pingües ingresos, el mendigo constituye un peligro social; pues no está distante quien pide con porfía lo ajeno y el que se lo lleva cuando no se lo dan y cree que no ha de saberse. Su necesidad, cuando es real, muestra asimismo una situación propicia para conducirla por derroteros funestos de los tráficos prohibidos y de toda actividad delictiva. Por ello, como medida de profilaxis social )entendida en un concepto auténtico y no como prohibicionismo de la prostitución pública), las autoridades suelen proceder al internamiento de los mendicantes en casas de trabajo, o en asilos, si realmente son enfermos o inválidos.
Por ley esp. de 1878 era causa de la privación de la patria potestad dedicar los hijos a la mendicidad.
Otra3 formas de la mendicidad son mas distinguidas. Así, la beneficencia pública cuando emprende colectas o campañas paira recaudar fondos con destino a determinadas instituciones protectoras de graves enfermos (leprosos, tuberculosos, cancerosos, cardíacos, etc.) o con objeto de crear establecimientos de cultura y esparcimiento, para la infancia o ciertas categorías profesionales, ya se hagan las peticiones de fondos con carácter más o menos general dentro de la población de un lugar.
Como práctica de la humildad y con idea de no gravar obligatoriamente a los fieles y menos a los que no lo sean, ciertas órdenes religiosas practican asimismo la mendicidad; ya por visitas domiciliarias, ya por colectas en actos de culto o en festividades caritativas, ya mediante creación de congregaciones de protectores, sin excluir la solicitud de subvenciones oficiales.
Estas últimas formas de la mendicidad se apartan de los móviles y peligros de la mendiguez individual, •egoísta, fraudulenta tantas veces; y se orienta hacia la estructura de los sentimientos filantrópicos de las clases pudientes, y también para aplicar a su vez como limosna, y a más necesitados, el producto de su afanosa solicitud de bienes materiales, (y, LIMOSNA.)
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