Definición de "MANUMISSIO AD CONCILIUM"


    Locución latina. Manumisión ante el concilio. La que era concedida en el acto, por medio de la vindicta (v.e.v.), una vez pronunciado el parecer favorable del Consejo de manumisiones, que tenía facultades para resolver si existía legítimo motivo para manumitir al esclavo.


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