Definición de LEGALIDAD (PRINCIPIO DE)


    A. ) En Derecho Inmobiliario. Necesidad de someter a un examen previo, acerca de su validez y eficacia, los títulos que se presentan para ser inscritos en el Registro de la propiedad. En la práctica jurídica, el principio de legalidad se confía a la calificación que los registradores deben hacer de los títulos pre» sentados, para declararlos perfectos y admisibles o para rechazarlos por contener defectos subsanables o insubsanables (v.e.v.).
    El hipotecarista Jerónimo González considera la calificación como un expediente de jurisdicción voluntaria; y justifica su necesidad por cuanto, en otro caso, los asientos del Registro engañarían al público, favorecerían las transacciones ilícitas y provocarían conflictos numerosos.
    B. ) En Derecho Penal. El principio de legalidad, suprema garantía individual, consiste en la necesidad de ley previa al castigo. Expresiones clásicas de ese principio son: "Nullum crimen nulla poena sirte praevia le ge penaly (ningún crimen ni pena sin previa ley penal); "Nemo fudex sine lege" (ningún juez sin ley o nombramiento legal); "Nenio damne- tur sirte legale judicium" (nadie sea condenado sin juicio legal); "Nulla poena sine judicium" (ninguna pena sin juicio).


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