- El fallo que según su leal saber y entender, y basado más en la equidad que en la ley, dictan los particulares designados en la escritura de compromiso. Requiere mayoría absoluta para su validez, (v. los arts. 833 y 834 de la Ley dé Enj. Civ. esp.; y, además, AMIGABLE COMPONEDOR, JUICIO DE AMIGABLES COMPONEDORES.)
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