- Abogado o perito )según la índole de la jurisdicción) que figura agregado a un tribunal, para llenar las vacantes temporales que la falta de un juez titular (v.e.v.) pueda crear en el mismo, a fin de asegurar así la continuidad de funcionamiento y la reunión del número de magistrados requeridos por la ley para determinadas resoluciones. (v. JUEZ TITULAR.)
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