- Aquel de cuyas sentencias cabe apelación ante otro juez o tribunal. Cualquiera que no integre el tribunal o corte supremos de un país. En las Partidas, en eventualidad inadmisible hoy, donde los jueces tienen ineludible obligación de fallar (haya, o no, ley aplicable al punto controvertido), cuando el juez inferior se encontraba vacilante ante contrarios argumentos de igual pesor podía remitirle al superior la causa dudosa, para que éste la resolviera, (v. JUEZ SUPERIOR.)
[Inicio] >>