Definición de JUEZ CIVIL


    En general, el que conoce asuntos contenciosos donde sólo se ventilan intereses. En contraposición a los jueces que entienden en los fueros eclesiástico, castrense y otros, se llama juez civil al que ejerce la jurisdicción ordinaria, tanto en asuntos civiles como en los criminales.
    En la primera de las acepciones, los jueces civiles de ahora son los jueces de primera instancia; en el segundo significado comprende, además de los citados, a los de instrucción, correccionales o del crimen (v.e.v. y JUEZ CRIMINAL).


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