- Es tutor, por inmediata disposición de la ley, de los recogidos y educados en ella; y, en tal carácter, concede o niega la licencia para que contraigan matrimonio los menores que dependan de tales establecimientos. Ahora bien, la representación en juicio pertenece al Ministerio fiscal (arts. 50 y 212 del Cód. Civ. esp.).
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