- Por la diferencia existente entre el Derecho inglés y el de los países hispanos, conviene referirse a la formación del primero, inte grado principalmente por la costumbre (incluso ei materia constitucional), y por las Actas, o sea la disposiciones aisladas del Parlamento. Blackston expresa que "no debe entenderse que todo nuestro Derecho consuetudinario )(se refiere al inglés)) se basa únicamente en la tradición, porque la prueba de nuestra costumbre, legal está consignada en las decisiones de los tribunales, en las colecciones de jurisprudencia y en los tratados de los jurisconsultos. Esta parte de la legislación se llama, es cierto, Derecho consuetudinario, porque no está comprendida en las Actas del Parlamento; pero tiene el mismo valor que aquélla. Por ley ordinaria, general, enriéndense todas las dimanantes de Actas del Parlamento, y, además, las sentencias de los tribunales, las cuales establecen las normas de procedimiento relativas a la sucesión, las modalidades a observar en la adquisición y transmisión de la propiedad, las solemnidades de los contratos, las reglas de interpretación de los testamentos y aun de las mismas leyes dimanantes del poder legislativo. Por leyes particulares debe entenderse las que sólo interesan a determinada persona o localidad, como la del burgo inglés por efecto de la cual, en algunos sitios del reino, el último de los hijos hereda los bienes".
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